Artículo 39.- Obligación de informar. Los mediadores inscritos estarán obligados a entregar informes semestrales a la Superintendencia.
En todo caso, en los informes semestrales o cuando fuere procedente, los mediadores tendrán la obligación de informar oportunamente a la Superintendencia de todo cambio de circunstancias que los afecte y que fuere de interés para la debida actualización de la nómina de mediadores.