APRUEBA REFORMAS DE ESTATUTOS, ADECUANDOLOS A LA LEY Nº 19.712, LEY DEL DEPORTE
Santiago, 14 de junio de 2005.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 2.044 exento.- Vistos: estos antecedentes, lo dispuesto en el decreto supremo de Justicia Nº 110, de 1979, publicado en el Diario Oficial de 20 de marzo de 1979, Reglamento sobre Concesión de Personalidad Jurídica a Corporaciones y Fundaciones, modificado por decreto supremo de Justicia Nº 679, de 2003, publicado en el Diario Oficial de 13 de febrero de 2004; en la resolución Nº 520, de 1996, modificada por resolución Nº 661, de 2002, publicado en el Diario Oficial de 31 de octubre de 2002, ambas de la Contraloría General de la República; en la ley Nº 19.712 y su Reglamento, contenido en el decreto supremo Nº 59, de 2001, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, y lo informado por el Instituto Nacional de Deportes de Chile,
Decreto:
Apruébanse las reformas que ha acordado introducir a sus estatutos la entidad denominada "Asociación Regional de Fútbol Amateur de la Segunda Región", con domicilio en la provincia de Antofagasta, Segunda Región de Antofagasta, y personalidad jurídica concedida por decreto supremo de Justicia Nº 1630, de 27 de noviembre de 1992, en los términos que dan testimonio las escrituras públicas de fechas 12 de diciembre de 2003, 18 de enero y 10 de marzo de 2005, otorgadas en las Notarías Públicas de Antofagasta, de don Guillermo Valderrama Barraza, suplente de la titular doña Elvira Mary Brady Roche, la primera, y de don Héctor Efraín Basualto Bustamante, las últimas.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Luis Bates Hidalgo, Ministro de Justicia.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente, Jaime Arellano Quintana, Subsecretario de Justicia.