MODIFICA RESOLUCION Nº 1 EXENTA DE 1999, QUE FACULTA A LOS JEFES DE DIVISION Y DE DEPARTAMENTO PARA FIRMAR "POR ORDEN DE LA SUBSECRETARIA DE TELECOMUNICACIONES" Y DELEGA LAS FACULTADES QUE INDICA

    Núm. 1.431 exenta.- Santiago, 17 de junio de 2005.- Vistos: Lo establecido en los artículos 5 y 41 del DFL Nº 1/19.653 de 2000, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; el artículo 55, letra a) de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; el decreto ley Nº 1.028, de 1975, sobre atribuciones de los Subsecretarios de Estado; el decreto ley Nº 1.762, de 1977, que crea la Subsecretaría de Telecomunicaciones; la resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República; el Reglamento sobre Tramitación y Resolución de Reclamos de Servicios de Telecomunicaciones, aprobado por el decreto supremo Nº 556, de 1997, modificado por el decreto supremo Nº 533, de 2000, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; la resolución exenta Nº 1, de 1999, modificada, entre otras, por la resolución exenta Nº 618, de 2000, que "Faculta a los Jefes de División y de Departamento para firmar 'Por orden de la Subsecretaria de Telecomunicaciones' y delega las facultades que indica"; y

    Considerando: La necesidad de hacer más expeditos los procedimientos de tramitación de reclamos para la debida protección de los derechos de los usuarios de servicios de telecomunicaciones,

    Resuelvo:



    Modifícase la resolución exenta Nº 1, de 1999, de esta Subsecretaría, en el siguiente sentido:

    1.- Sustitúyese el resuelvo Décimo, por el siguiente:

    "Décimo. Delégase en el Jefe de la División Fiscalización, la facultad de suscribir bajo la fórmula "Por orden del Subsecretario de Telecomunicaciones", las resoluciones que resuelvan en definitiva las insistencias de reclamos que ameriten un pronunciamiento individual o por cada usuario, presentados al amparo de lo dispuesto en el Título II del Reglamento sobre Tramitación y Resolución de Reclamos de Servicios de Telecomunicaciones, aprobado por el decreto supremo Nº 556, de 1997, modificado por el decreto supremo Nº 533, de 2000, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, en adelante el reglamento de reclamos. Asimismo, delégase en el Jefe de la División Fiscalización, la facultad de suscribir las resoluciones que resuelvan en definitiva los reclamos formulados en virtud de lo dispuesto en el Título III del Reglamento de Reclamos, las resoluciones de mero trámite y los oficios que procedan en el marco del procedimiento citado precedentemente".

    2.- Sustitúyese el resuelvo Décimo bis, por el siguiente:

    "Décimo bis. Delégase en el Jefe del Departamento de Atención de Consumidores, la facultad de suscribir bajo la fórmula "Por orden del Subsecretario de Telecomunicaciones", las resoluciones que resuelvan en definitiva las insistencias de los reclamos formulados al amparo de lo dispuesto en el Título II del Reglamento de Reclamos, que correspondan a insistencias de diversos usuarios contra una misma compañía, y que ameriten una misma resolución en el sentido de acogerlas o rechazarlas, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso final del artículo 15 del Reglamento de Reclamos. Asimismo, delégase en el referido Jefe de Departamento las resoluciones de mero trámite y los oficios a que dé lugar la tramitación del procedimiento de reclamos, establecido en el Título II del Reglamento de Reclamos".
    Anótese, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial y dése cumplimiento.- Guillermo de la Jara Cárdenas, Subsecretario de Telecomunicaciones Subrogante.