Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:


    Artículo 1.o Concédese un suplemento de cien mil pesos ($ 100,000) al ítem 72, partida 3.a del presupuesto de Guerra vijente.

    Art. 2.o El ítem 64, partida 3.a del mismo presupuesto, se rebajará en una suma igual a la autorizacion concedida por el artículo anterior.
    Y por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, veintisiete de diciembre de mil novecientos dieciocho.- Juan Luis Sanfuentes.- Enrique Bermúdez.