Lei núm. 3,467, que dispone que las incompatibilidades establecidas en la lei núm. 3,382 no rejirán para los empleados de la Intendencia i Gobernaciones de Tacna.
    Lei núm. 3,467.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente proyecto de lei:

    Artículo único.- Las incompatibilidades establecidas en el artículo 3.° de la lei número 3,382, de 22 de Mayo del presente año, no rejirán para los empleados de la Intendencia i Gobernacion de la provincia de Tacna.
    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, a veinticinco de Marzo de 1919.- JUAN LUIS SANFUENTES.- Luis Barros Borgoño.