Lei núm. 3,477, que suprime una Seccion de la Direccion Jeneral de Contabilidad i aumenta algunos sueldos.
Lei núm. 3,477.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente proyecto de lei:
Artículo único.- Las actuales Secciones de Contabilidad, Crédito Público e Impuestos de la Direccion Jeneral de Contabilidad se refundirán en solo dos Secciones, que se denominarán Seccion de Contabilidad i de Crédito Público e Impuestos.
El Sub-Director Jeneral de Contabilidad gozará del sueldo de quince mil pesos ($ 15,000) anuales; los Jefes de Seccion de diez mil pesos ($ 10,000) cada uno, i los Contadores Primeros, encargados de los Balances Jenerales i de Caja, de siete mil setecientos pesos ($ 7,700) cada uno.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, a veintiuno de Enero de mil novecientos diecinueve.- JUAN LUIS SANFUENTES.- Luis Claro Solar.