LEY NUM. 15.410

CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A DON EFRAIN MORALES AMIGO
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de ley:

    Artículo único.- Concédese, por gracia, a don Efraín Morales Amigo una pensión vitalicia ascendente a la suma de cuarenta escudos (Eº 40) mensuales.
    El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley, se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.

    Y teniendo presente que el Congreso Nacional ha desechado las observaciones formuladas por S.E. el Presidente de la República e insistido en la aprobación del proyecto de ley que precede, de acuerdo con el artículo 54.o la Constitución Política del Estado, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, a once de Diciembre de mil novecientos sesenta y tres.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Luis Mackenna S.
    Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Dios guarde a U.- Carlos Reed Valenzuela, Subsecretario de Hacienda.