Artículo 35.- Los aportes financieros del EstadoLey 21302
Art. 59 N° 27
D.O. 05.01.2021
que perciban los colaboradores acreditados del Servicio y las donaciones y otros ingresos que los mismos reciban o generen no estarán afectos a ningún tributo de la ley sobre Impuesto a la Renta en cuanto sean utilizadas para el desarrollo de las líneas de acción establecidas en esta ley.