LEY NUM. 15.434

RECONOCE, POR GRACIA, EN LA HOJA DE SERVICIOS DE DOÑA LUCRECIA PESSOA RIVERA EL TIEMPO SERVIDO QUE SEÑALA
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente,

    Proyecto de ley:

    Artículo único.- Reconócense, por gracia, y para todos los efectos legales, incluso el beneficio del artículo 63.o de la ley N.o 10.343, en la hoja de servicios de doña Lucrecia Pessoa Rivera, 2 años y 10 meses servidos como profesora del Liceo José Miguel Infante de Santiago, desde el 1.o de Marzo de 1914 hasta el 31 de Diciembre de 1916.
    El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará al ítem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.

    Y teniendo presente que el Congreso Nacional ha desechado las observaciones formuladas por S.E. el Presidente de la República e insistido en la aprobación del proyecto de ley que precede, de acuerdo con el artículo 54.o de la Constitución Política del Estado, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, a 18 de Diciembre de 1963.- J. ALESSANDRI R.- Luis Mackenna S.
    Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Dios guarde a U.- Carlos Reed Valenzuela, Subsecretario de Hacienda.