MODIFICA RESOLUCION Nº 517 EXENTA, DE 2001

    Santiago, 21 de julio de 2005.- Con esta fecha se ha resuelto lo que sigue:
    Núm. 780 exenta.- Vistos:
a)  El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones;
b)  La ley Nº 18.168 de 1982, General de Telecomunica-
    ciones;
c)  La resolución exenta Nº517 de 2001, modificada por las resoluciones exentas Nºs.1.440 de 2001 y 1.150 de 2004, todas de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fijó la norma técnica para el uso de la banda de frecuencias 5.725 - 5.850 MHz.
d)  La resolución Nº55, de 1992, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por la resolución Nº520, de 1996, ambas de la Contraloría General de la República, y

    Considerando:

a)  La necesidad de ampliar las posibilidades de uso de la banda de frecuencias 5.725 - 5.850 MHz, permitiendo el empleo de antenas omnidireccionales con mayores ganancias;
b)  La necesidad de administrar eficientemente el espectro radioeléctrico; y, en uso de mis atribuciones legales,

    Resuelvo:

    Modifícase, la resolución exenta Nº 517 de 2001, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fija la norma técnica para el uso de la banda de frecuencias 5.725 - 5.850 MHz, en el siguiente sentido:

    - Reemplázase en el artículo 2º, letra g), donde dice "no debe exceder de 6 dBi" por "podrá ser superior a 6 dBi, siempre que la potencia máxima radiada no sobrepase los 36 dBm".

    Anótese y publíquese en el Diario Oficial.- Guillermo de la Jara Cárdenas, Subsecretario de Telecomunicaciones Subrogante.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Pablo Bello Arellano, Jefe División Política Regulatoria y Estudios.