Lei núm. 3,548, que destina sueldos no devengados i saldos de varios ítem del Presupuesto del Interior para adquisiciones destinadas a las policías fiscales i al Cuerpo de Carabineros.
    Lei núm. 3,548.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de lei:

    Artículo 1.° Se autoriza al Presidente de la República para invertir las sumas que correspondan a sueldos del personal de las policías fiscales que no se devenguen durante el presente año, i que deban pasar a rentas jenerales, en la adquisicion, por propuestas públicas, de vestuario, equipo i forraje para las mismas policías.

    Art. 2.° Se faculta, igualmente, al Presidente de la República para que pueda destinar el saldo de los ítem 4,012, 4,013 i 4,017 del Presupuesto del Interior que deba ingresar a rentas jenerales de la Nación, en el pago del vestuario i equipo adquiridos para el uso del personal del Cuerpo de Carabineros.

    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, a cinco de Setiembre de mil novecientos diecinueve.- JUAN LUIS SANFUENTES.- Luis Serrano A.