Artículo 3º.- Traspásanse, para que sean encasillados como titulares en los cargos de la Subsecretaría de Redes Asistenciales creados en el artículo 1º, a los funcionarios titulares de planta de la Subsecretaría de Salud que a continuación se indican. El traspaso de este personal se efectuará en el mismo grado que tenía a la fecha del traspaso.
    Además, traspásase, para que sean contratados en la Subsecretaría de Redes Asistenciales, a los funcionarios a contrata de la Subsecretaría de Salud que se señalan a continuación, asimilados a la planta y grado que respecto de cada uno se indica.