DEJA SIN EFECTO DECRETO Nº 255 EXENTO, DE 2002
    Santiago, 20 de junio de 2005.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 173 exento.- Visto: Lo dispuesto en la letra g) del artículo 4º de la ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; el decreto exento Nº 255 (V. y U.), de 2002; el Ord. Nº 1.103 de 2005, del Director Serviu Región de Aysén; y,
    Teniendo Presente:

a)  Que a través del decreto exento Nº 255 (V. y U.), de 2002, suscrito por el Ministro del Interior y el de Vivienda y Urbanismo, se autorizó la circulación en días sábado en la tarde, domingo y festivos de la camioneta Chevrolet Luv 2.3 D/C GLS 190 HP 4WD A/C, año 2002 patente VE-8886, asignada a la Dirección del Serviu XI Región de Aysén.
b)  Que por oficio Nº 1.103, de 2005, el Director Serviu XI Región ha comunicado que el vehículo patente VE-8886, será reemplazado por el nuevo vehículo que les ha sido asignado, patente YS.2168.
c)  Que conforme a lo establecido en la letra g) del artículo 4º de la ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, la facultad de autorizar la circulación de los vehículos de los servicios públicos creados por ley, fuera de los días y horas de trabajo para el cumplimiento de la función administrativa, así como la excepción de uso del disco fiscal, se encuentra radicada en las autoridades encargadas del Gobierno Regional,

    Decreto:

    1.- Déjase sin efecto el decreto exento Nº 255 (V. y U.), de 2002.
    2.- Lo dispuesto en el presente decreto producirá sus efectos a partir de la fecha en que entre en vigencia la resolución del Gobierno Regional de Aysén, que autorice la circulación, así como la excepción de uso de disco fiscal del vehículo patente YS-2168.
    Anótese, notifíquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Sonia Tschorne Berestesky, Ministra de Vivienda y Urbanismo.- Francisco Vidal Salinas, Ministro del Interior.
    Lo que transcribo para su conocimiento, Teresa Rey Carrasco, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.