AUTORIZA CIRCULACION DE VEHICULOS QUE SEÑALA EN LOS T ERMINOS QUE INDICA

    Santiago, 20 de junio de 2005.- Hoy se decretó lo que sigue:
    Núm. 174 exento.- Visto: Lo dispuesto en el DL Nº 799 de 1974, y sus modificaciones posteriores; el DS Nº 19 de 2001, del Ministerio Segpres; las instrucciones impartidas por los Sres. Ministros del Interior y de Hacienda a través del oficio circular Nº 26 de 2003, y por la Contraloría General de la República en el oficio circular Nº 35.593, de 1995, sobre el uso y circulación de vehículos estatales; la resolución Nº 55 de 1992, de la Contraloría General de la República en su texto refundido, coordinado y sistematizado fijado por la resolución Nº 520 de 1996, de ese mismo Organismo Contralor; el oficio ord. Nº 277, del Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo XI Región Aysén, los e-mail de la Secretaría Regional Ministerial Minvu VI Región, todos del mes de abril de 2005; y,
    Teniendo presente:

a)  Que mediante decreto exento (V. y U.) Nº 116, de 2003, se autorizó la circulación en días sábado en la tarde, domingo y festivos sin la obligación de llevar pintado el disco fiscal al vehículo patente VE-8618 asignado al Minvu Central, el cual posteriormente a través de resolución exenta (V. y U.) Nº 3.798, de 2003 fue asignado a la Seremi Minvu XI Región.
b)  Que mediante decreto exento (V. y U.) Nº 4, de 1995, se autorizó la circulación en días sábado en la tarde, domingo y festivos sin la obligación de llevar pintado el disco fiscal al vehículo patente NG-6347, asignado a la Seremi Minvu VI Región.
c)  Que es preciso poner término a las condiciones de uso excepcional a los vehículos singularizados en las letras precedentes por cuanto han sido reemplazados y facultar a los nuevos vehículos para que puedan circular en horas y días inhábiles de acuerdo con lo dispuesto en el punto 4.- del oficio circular Nº 26 de 2003 de los Ministerios del Interior y de Hacienda y lo informado a través de los oficios Nos. 13.742 y 14.097, de 2004, del Subsecretario del Interior,

    Decreto:

    1.- Autorízase la circulación en días sábado en la tarde, domingo y festivos de los vehículos que a continuación se singularizan:

Seremi Minvu VI Región
Tipo de Vehículo  : Camioneta
Marca              : Nissan
Modelo            : Pick Up D21 2.4 doble cabina
Año                : 2005
Chasis            : 3N6CD13S6ZK851954
Nº de Motor        : KA24248736A
Color              : Blanco
I.R.N.V.M.        : YT-8405-1

Seremi Minvu XI Región
Tipo de Vehículo  : Camioneta
Marca              : Nissan
Modelo            : Pick Up D21 2.4 doble cabina
Año                : 2005
Chasis            : 3N6CD13Y1ZK950198
Nº de Motor        : KA24237905A
Color              : Rojo
I.R.N.V.M.        : YS-2166-7

    2.- Pónese término a contar de esta fecha a las condiciones de uso excepcional de acuerdo a los artículos 1º y 3º del DL Nº 799 de 1974, autorizadas en los decretos exentos (V. y U.), Nºs. 4, de 1995 y 116 de 2003, para los vehículos automóvil Daewoo, año 1995, patente NG-6347, y camioneta Chevrolet, año 2002, patente VE-8618, respectivamente.

    Anótese, notifíquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Sonia Tschorne Berestesky, Ministra de Vivienda y Urbanismo.- Francisco Vidal Salinas, Ministro del Interior.
    Lo que transcribo para su conocimiento.- Teresa Rey Carrasco, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.