Lei núm. 3,586, que posterga la fecha de la conversion metálica.
    Lei núm. 3,586.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente proyecto de lei:

    Artículo único.- Se posterga hasta el 1.° de Febrero próximo, el plazo fijado por la lei núm. 3,460, de 30 de Diciembre de 1918, para la conversion del papel moneda de curso forzoso.

    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, a treinta i uno de Diciembre de mil novecientos diecinueve.- JUAN LUIS SANFUENTES.- Guillermo Subercaseaux.