MODIFICA RESOLUCION Nº 1.872 EXENTA, DE 2005, EN RELACION AL MONTO DE RECURSOS DISPUESTO PARA EL TERCER LLAMADO A CONCURSO Y APRUEBA NOMINA DE POSTULANTES SELECCIONADOS PARA EL OTORGAMIENTO DE SUBSIDIOS HABITACIONALES EN LA MODALIDAD FONDO CONCURSABLE PARA PROYECTOS HABITACIONALES SOLIDARIOS, PARA LAS REGIONES II, VIII Y IX
Santiago, 5 de agosto de 2005.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 2.702 exenta.- Vistos:
1) El D.S. Nº 155 (V. y U.) de 2001, que reglamenta el Otorgamiento de Subsidios Habitacionales Modalidad Fondo Concursable para Proyectos Habitacionales Solidarios.
2) Las Bases Generales del Concurso Público Fondo Concursable para Proyectos Habitacionales Solidarios, aprobadas por resolución Nº 192 (V. y U.) fecha 18 de febrero de 2004, publicada en el Diario Oficial el día 16 de marzo de 2004.
3) El Manual de Procedimiento del Banco de Proyectos del Fondo Concursable para Proyectos Habitacionales Solidarios, aprobado por resolución exenta Nº 2.587, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de fecha 12 de julio de 2002 y sus modificaciones.
4) La resolución exenta Nº 5.481, de fecha 14 de diciembre de 2004, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que autoriza el otorgamiento de subsidio habitacional correspondientes a los llamados que se efectúen durante el año 2005.
5) La resolución exenta Nº 1.872 (V. y U.) de fecha 1 de junio de 2005, publicada en el Diario Oficial el día 6 de junio de 2005, que llama a concurso del Fondo Concursable para Proyectos Habitacionales Solidarios, para proyectos de construcción, dicto lo siguiente:
Resolución:
1º Modifícase la resolución exenta Nº 1.872, de este Ministerio, de 2005, sustituyendo en el cuadro inserto en su número 2º resolutivo, los montos señalados en la columna "Monto UF del Llamado" en las regiones que a continuación se señalan:
Región Monto UF del llamado
II 138.728
VIII 335.921
IX 656.260
2º Apruébase la nómina de postulantes seleccionados para el otorgamiento de subsidios habitacionales en la modalidad Fondo Concursable para Proyectos Habitacionales Solidarios correspondiente al tercer llamado, para atender a postulantes que integran los proyectos en tipologías de construcción de las regiones II, VIII y IX.
3º Reemplázase el inciso primero del artículo 4º de la resolución exenta Nº 1.872 de este Ministerio, de 2005, por el siguiente:
"Mediante resoluciones de la Ministra de Vivienda y Urbanismo publicadas en el Diario Oficial, se aprobarán las nóminas de los grupos y miembros seleccionados. Las nóminas no serán objeto de revisión por reclamaciones o apelaciones por parte de los postulantes que no resultaren seleccionados en el respectivo proceso. La difusión de dichas nóminas se realizará en un periódico de circulación regional o nacional. Mediante resoluciones fundadas del Director del Serviu correspondiente se podrá modificar la lista de beneficiarios con objeto de acoger renuncias y reemplazos en los proyectos seleccionados".
Anótese, comuníquese, publíquese y archívese.- Sonia Tschorne Berestesky, Ministra de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Teresa Rey Carrasco, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.