LEY NUM. 15.463
AUMENTA, POR GRACIA, PENSION A DOÑA HORTENSIA CARRASCO VDA. DE DE LA BARRA
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
Artículo único.- Auméntase, por gracia, la pensión de que disfruta doña Hortensia Carrasco viuda de De la Barra a ochenta escudos (Eº 80) mensuales, por ley N.o 14.074, de 10 de Octubre de 1960.
Declárase beneficiaria del 50% de esta pensión a doña Eliana De la Barra Carrasco, con derecho a acrecer entre ambas beneficiarias.
El mayor gasto que significa la aplicación de la presente ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.
Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
Santiago, a dos de Enero de mil novecientos sesenta y cuatro.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Luis Mackenna S.
Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Dios guarde a U.- Carlos Reed Valenzuela, Subsecretario de Hacienda.