ART. 14. DEROGADODL 1552, JUSTICIA
Art. 12
D.O. 13.09.1976
Art. 12
D.O. 13.09.1976
NOTA:
El Art. 8º Transitorio del DL 1552, Justicia, publicado el 13.09.1976, dispuso que la derogación del presente artículo rige a contar del 18 de septiembre de 1976.
El Art. 8º Transitorio del DL 1552, Justicia, publicado el 13.09.1976, dispuso que la derogación del presente artículo rige a contar del 18 de septiembre de 1976.