INSTITUYE DIA DEL PROFESOR NORMALISTA

    Núm. 162.- Santiago, 4 de agosto de 2005.- Conside-rando:

    Que, los Profesores Normalistas constituyeron la primera expresión de formación profesional de los docentes de nuestro país;
    Que, el carácter de la formación del Profesor Normalista, imbuida por la solidez de su pedagogía, el compromiso con la extensión del sistema educativo y la comunidad, principalmente con los sectores más desposeídos, ha sido una pieza importante en el desarrollo del sistema educativo, cívico y social en Chile, lo cual debe ser destacado y difundido;
    Que, asimismo, es necesario realzar el importante rol de la formación normalista en la incorporación y desarrollo de la mujer en la vida profesional, pública y cívica nacional;
    Que, conforme a lo expuesto precedentemente, se hace necesario instituir un día en el calendario escolar a fin de que la labor del Profesor Normalista sea conocida y valorada por los alumnos y alumnas del sistema escolar; y

    V i s t o: Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 8 y 35 de la Constitución Política de la República; en la ley Nº 18.962 Orgánica Constitucional de Enseñanza; y en la resolución Nº520, de 1996, de la Contraloría General de la República,

    Decreto:

    Artículo 1º: Institúyase el 26 de agosto como el Día del Profesor Normalista. Cuando dicha fecha corresponda a un sábado o a un domingo, será celebrado el día lunes inmediatamente siguiente.

    Artículo 2º: Los establecimientos educacionales, sin perjuicio de funcionar en forma habitual, adoptarán las medidas necesarias para que en ese día se realicen actos que destaquen la labor desarrollada por el Profesor Normalista en beneficio de toda la comunidad nacional.

    Anótese, tómese razón y publíquese.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República, Sergio Bitar Chacra, Ministro de Educación.
    Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda a usted, Pedro Montt Leiva, Subsecretario de Educación.