Lei núm. 3,641, que concede ausilios a las Juntas de Beneficencia de Mulchen i Rancagua.
    Lei núm. 3,641.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente proyecto de lei:

    Artículo único.- Concédese a la Junta de Beneficencia de Mulchen un ausilio estraordinario de cinco mil pesos ($ 5,000) para que pueda atender por el presente año a las necesidades del Hospital de ese pueblo.
    Concédese, asimismo, un ausilio estraordinario de cinco mil pesos ($ 5,000) a la Junta de Beneficencia de Rancagua para atender por el presente año a las necesidades del Hospital de esa ciudad.

    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, a cuatro de Agosto de mil novecientos veinte.- JUAN LUIS SANFUENTES.- Pedro García de la Huerta.