Artículo 1.° Los efectos de la lei núm. 3,353, de 13 de Febrero de 1918, se harán estensivos a la Avenida de Providencia, en la seccion comprendida entre la Avenida Pedro de Valdivia i el canal de San Cárlos, a la Avenida Pedro de Valdivia, en la parte que corresponde a la comuna de Providencia i a la Avenida Manuel Montt.
Para los efectos de esta lei, la Junta Directiva de las Obras de Pavimentacion, se integrará con el Alcalde de Providencia.