Artículo 24º- El personal de empleados de la Planta permanente de la Corporación de Obras Urbanas, tiene la condición jurídica de empleado público, está afecto al régimen de previsión de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas y se rige por el Estatuto Administrativo contenido en el DFL. Nº 338 de 1960 y por la ley 15.840 y las modificaciones posteriores de dichos textos legales.