Lei núm. 3,655, que prorroga los efectos de la lei que prohibe la manifestacion de sustancias minerales por particulares en terrenos fiscales o municipales que tengan depósitos de nitratos o de sales amoniacales.
Lei núm. 3,655.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente proyecto de lei:
Artículo 1.° Prorróganse por el término de dos años las disposiciones de la lei núm. 3,413, de 4 de Setiembre de 1918.
Art. 2.° Autorízase al Presidente de la República para invertir la suma de $ 100,000 en los gastos que demande su cumplimiento.
Esta lei rejirá desde su publicacion en el Diario Oficial.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, a seis de Setiembre de mil novecientos veinte.- JUAN LUIS SANFUENTES.- Francisco Garces Gana.