Lei núm. 3,673, que destina fondos para las fortificaciones de Talcahuano.
Lei núm. 3,673.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente proyecto de lei:
Artículo único.- Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la suma de cuatrocientos cincuenta mil pesos ($ 450,000) moneda corriente, en atender al pago de espropiaciones i compra de terrenos; construcciones i demas gastos que sean necesarios para instalar los cañones destinados a las fortificaciones de puerto de Talcahuano:
Esta suma se deducirá de la mayor entrada obtenida por diferencia del recargo del oro.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, a veinticuatro de Setiembre de mil novecientos veinte.- JUAN LUIS SANFUENTES.- Ladislao Errázuriz.