Lei núm. 3,687, que suplementa el Presupuesto de Guerra.
    Lei núm. 3,687.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente proyecto de lei:

    Artículo único.- Concédese un suplemento de treinta i siete mil pesos ($ 37,000) al ítem 137 de la partida 7a. del Presupuesto de Guerra vijente.
    El gasto se deducirá de la mayor entrada de los derechos de esportacion del salitre.

    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo, por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, a veinticuatro de Noviembre de mil novecientos veinte.- JUAN LUIS SANFUENTES.- Ladislao Errázuriz.