I.    Distribución de demandas y gestiones judiciales:
1.-  A partir del 1º de octubre del año 2005 todas
    las demandas y gestiones judiciales cuyo
    conocimiento corresponda a los Juzgados de
    Familia de San Miguel deberán ser ingresadas a
    través del Sistema de Distribución de Causas
    disponibles en la Unidad de Atención de Público
    Común de que se dotará a los propios tribunales.
2.-  Para estos efectos, se antepondrán al texto de la
    suma los datos que siguen:
1)    Tipo de procedimiento que corresponda al juicio.
2)    Materia del pleito o gestión.
3)    Nombre completo del o de los demandantes o
    peticionarios con el número de RUT o Cédula de
    Identidad Nacional de cada uno.
4)    Nombre completo del abogado patrocinante con su
    número de RUT.
5)    Nombre del o de los apoderados con el número de
    RUT o Cédula de Identidad Nacional de cada uno.
6)    Nombre completo del o de los demandados con el
    número de RUT o Cédula de Identidad si fuere
    conocido.

      Adicionalmente, al momento de entregarse los antecedentes a distribución se deberá acompañar o exhibir cédula de identidad o RUT en original o fotocopia de la parte demandante o solicitante, en su caso.

3.-  La Corporación Administrativa del Poder Judicial
  suministrará soporte y aplicaciones informáticas
  para la implementación del sistema de distribución
  de causas, el cual será operado por la Unidad de
  Atención de Público Común a los mencionados
  Tribunales.
4.-  La Unidad de Atención de Público Común se
  conformará por personal de la unidad de atención
  de público de los juzgados involucrados, conforme
  a sistema de turno o destinación acordados por los
  Jueces Presidentes de los mismos a propuesta de
  los respectivos Administradores del Tribunal.
5.-  Las dependencias físicas de la Unidad de Atención
  de Público Común se instalarán de modo de contener
  el ingreso de público a las dependencias mismas
  del Primer y Segundo Juzgado de Familia de San
  Miguel.
6.-  Serán tareas de la Unidad de Atención de Público
  Común:
a)  Distribuir demandas y gestiones judiciales, en su
  caso.
b)  Levantar acta de las demandas orales que se
  formularen.
c)  Orientar en la presentación de escritos a los
  intervinientes.
d)  Suministrar información general acerca de los
  tribunales de familia (funciones, composición,
  funcionamiento, horarios de atención y teléfonos.)
e)  Suministrar información general acerca de los
  organismos vinculados con los Tribunales de
  Familia (Corporación de Asistencia Judicial,
  Fundación de Asistencia Legal de la Familia,
  Sistema de Mediación).
f)  Recibir documentos y escritos que no estuvieren
  dirigidos a un Tribunal determinado y distribuirlo
  entre las unidades respectivas.
g)  Mantener actualizada la información del fichero o
  de cualquier otro medio establecido por el
  Tribunal con el fin de orientar e informar a los
  usuarios externos e internos.
h)  Mantener el buzón de sugerencias y reclamos y
  entregar los formularios respectivos al público
  que los solicite.
II.  Ingreso de causas sobre violencia intrafamiliar y medidas de protección:

    Las causas sobre violencia intrafamiliar y medidas de protección serán conocidas por el Primer y Segundo Juzgado de Familia de San Miguel conforme a un turno, iniciándose éste cada año en el orden de numeración de los tribunales, por períodos semanales.