Artículo 14º.- La Secretaría Decreto 176, EDUCACION
Art. UNICO
D.O. 21.09.2011
y los (as) Directores (as) Regionales, en su caso, velarán por la certidumbre en la recepción de los proyectos entregando comprobantes o acreditaciones fehacientes de la recepción de los mismos y su material de apoyo.