Lei núm. 3,705, que suplementa el Presupuesto de Guerra.
Lei núm. 3,705.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente proyecto de lei:
Artículo único.- Concédese un suplemento de dos millones cuatrocientos treinta i un mil setecientos sesenta pesos, noventa i un centavos ($ 2.431,760.91) al ítem 77 de la partida 3.a del Presupuesto de Guerra vijente.
El gasto se deducirá de las sumas que han quedado sin invertir de la lei número 3,637, de 27 de Julio i número 3,653, de 16 de Agosto del presente año, que se refieren a gastos de movilizacion i concentracion de tropas en el Norte.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, a veinte de Diciembre de mil novecientos veinte.- JUAN LUIS SANFUENTES. Ladislao Errázuriz.