EXTRACTO DE RESOLUCION Nº 876 EXENTA, DE 2005, QUE ASIGNA CONCESION QUE INDICA
Por resolución exenta del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Nº 876 de 10.08.2005, que se extracta, se asignó en el concurso público correspondiente al tercer cuatrimestre de 2004, al Club de Artes Sociales Piedra Viva, RUT Nº 65.441.150-6, con domicilio en calle Yerbas Buenas Nº 0469, Población René Schneider, Rancagua, VI Región, una concesión de Radiodifusión Sonora en Mínima Cobertura, para la comuna de Rancagua, VI Región, con las características técnicas siguientes:
- Potencia máxima : 1,0 Watt.
- Frecuencia : 101,5 MHz.
- Sistema radiante : Direccional con polarización
vertical, 1 antena dipolo de 1/2
onda, de 1,5 dBd de ganancia
máxima, y una altura del centro
de radiación de 6 m.
- Pérdidas en cables,
conectores y otros : 4,2 dB.
- Ubicación del estudio,
planta transmisora
y sistema
radiante : Calle Yerbas Buenas Nº 0469,
Población René Schneider,
Rancagua, VI Región.
- Coordenadas
geográficas : 34°09'30" Latitud Sur.
70°43'09" Longitud Oeste.
Los plazos serán los que se indican a continuación:
Inicio de Obras: 30 días; Término de Obras: 60 días; Inicio de Servicio: 90 días.
Todos estos plazos se cuentan a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial del decreto que otorgue la concesión.
La presente publicación se hace de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 13A y 13B de la ley Nº 18.168, Ley General de Telecomunicaciones, a objeto que quien tenga interés en ello pueda reclamar de la resolución exenta del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Nº 876 de 10.08.2005, que se extracta, la cual asignó concesión, dentro del plazo de cinco días hábiles, contados desde la presente publicación. La reclamación deberá presentarse por escrito ante el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, ser fundada, adjuntar todos los medios de prueba que acrediten los hechos que la fundamentan y fijar domicilio dentro del radio urbano de la comuna de Santiago.-
Subsecretario de Telecomunicaciones (S).