MODIFICA RESOLUCION Nº 1.820 EXENTA, DE 2003, QUE FIJA PROCEDIMIENTO PARA APLICACION PRACTICA DEL PROGRAMA DE PAVIMENTACION PARTICIPATIVA
Santiago, 30 de agosto de 2005.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 2.983 exenta.- Visto: El D.S. Nº 114 (V. y U.), de 1994, y sus modificaciones, que Reglamenta el Programa de Pavimentación Participativa, en especial lo dispuesto en su artículo 9º; la resolución exenta Nº 1.820 (V. y U.), de 2003 y sus modificaciones, que Fija Procedimiento para Aplicación Práctica del Programa de Pavimentación Participativa, y la resolución N° 55, de 1992, en su texto refundido, coordinado y sistematizado fijado por la resolución N° 520, de 1996, ambas de la Contraloría General de la República, dicto la siguiente,
Resolución:
1.- Modifícase la resolución exenta Nº 1.820 (V. y U.), de 2003, que fija el Procedimiento para la Aplicación Práctica del Programa de Pavimentación Participativa reglamentado por D.S. Nº 114 ( V. y U.), de 1994, en la forma que a continuación se indica:
A) Agrégase al número 1º, el siguiente inciso:
"En el desarrollo de estas actividades de difusión y de capacitación, la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo deberá contar con una estrategia que considere el objetivo, las realidades locales y asegure contenidos mínimos de información para ser entregados a los beneficiarios, que les permita igualdad de oportunidades para integrarse y participar en el Programa.".
B) Reemplázanse las tablas que contienen los porcentajes de aporte municipal insertas en la letra e), del número 3°, por las siguientes nuevas tablas:
Región
Comuna Aporte
Comunal
(en %) Comuna Aporte
Comunal
(en %)
Región I deTarapacá
Arica 9 Pozo Almonte 16
Camarones 7 Pica 23
Putre 13 Huara 16
General lagos 5 Colchane 17
Iquique 10 Camiña 9
Alto hospicio 5
Región II de Antofagasta
Tocopilla 8 Antofagasta 9
Maria Elena 5 Tal Tal 7
Calama 8 Mejillones 11
San. Pedro. de
Aatacama 14 Sierra Gorda 12
Ollagüe 5
Región III de Atacama
Chañaral 8 Vallenar 8
Diego de Almagro 8 Freirina 7
Copiapó 8 Huasco 9
Caldera 8 Alto del
Carmen 10
Tierra Amarilla 8
Región IV de Coquimbo
La Serena 9 Monte Patria 8
La Higuera 14 Combarbalá 8
Coquimbo 9 Punitaqui 8
Andacollo 8 Illapel 8
Vicuña 8 Salamanca 8
Paihuano 8 Los Vilos 9
Ovalle 8 Canela o Mincha 9
Río Hurtado 9
Región V Valparaíso
La Ligua 8 Hijuelas 7
Petorca 7 Limache 8
Cabildo 7 Olmué 8
Zapallar 15 Valparaíso 9
Papudo 7 Viña del Mar 10
Los Andes 8 Con Con 13
San Esteban 8 Quintero 10
Calle Larga 7 Puchuncaví 11
Rinconada 8 Quilpue 8
San Felipe 8 Villa Alemana 9
Putaendo 7 Casablanca 11
Santa María 6 Juan Fernández 5
Panquehue 7 San aantonio 9
Llay - Llay 7 Cartagena 12
Catemu 7 El Tabo 18
Quillota 8 El Quisco 17
La Cruz 7 Algarrobo 16
Calera 7 Santo Domingo 15
Nogales 7 Isla de Pascua 5
Región VI del Libertador General Bernardo O'Higgins
Rancagua 8 Las Cabras 8
Graneros 8 San Fernando 8
Mostazal 8 Chimbarongo 8
Codegua 7 Placilla 6
Machalí 8 Nancagua 7
Olivar 7 Chépica 6
Requínoa 8 Santa Cruz 7
Rengo 8 Lolol 7
Malloa 7 Pumanque 6
Quinta. de Tilcoco 7 Palmilla 6
San Vicente 8 Peralillo 7
Pichidegua 7 Pichilemu 9
Peumo 7 Navidad 11
Coltauco 8 Litueche 6
Coínco 6 La Estrella 10
Doñihue 8 Marchigüe 6
Paredones 7
Región VII del Maule
Curicó 8 Empedrado 5
Teno 7 Pencahue 6
Romeral 8 Constitución 9
Molina 8 Curepto 7
Sagrada Familia 7 Linares 8
Hualañé 7 Yerbas Buenas 7
Licantén 7 Colbún 7
Vichuquén 7 Longaví 7
Rauco 6 Parral 8
Talca 8 Retiro 7
Pelarco 6 Villa Aalegre 6
San Rafael 6 San Javier 7
Río Claro 6 Cauquenes 8
San Clemente 8 Pelluhue 14
Maule 7 Chanco 7
Región VIII del Bío Bío
Chillán 8 Tomé 9
Chillán Viejo 9 Florida 7
San Carlos 7 Hualquil 7
Ñiquén 7 Coronel 5
San Fabián 5 Lota 8
Coihueco 7 Santa Juana 8
Pinto 7 Lebu 7
San Ignacio 7 Arauco 7
El Carmen 7 Curanilahue 7
Pemuco 6 Los Alamos 6
Yungay 8 Cañete 7
Bulnes 7 Contulmo 7
Quillón 8 Tirúa 6
Ranquil 7 Los Angeles 8
Portezuelo 5 Cabrero 7
Coelemu 7 Tucapel 7
Trehuaco 6 Antuco 5
Cobquecura 6 Quilleco 7
Quirihue 7 Santa Bárbara 7
Ninhue 7 Quillaco 5
San Nicolás 7 Mulchén 7
Concepción 10 Negrete 6
San Pedro de la Paz 8 Nacimiento 8
Chiguayante 8 Laja 7
Talcahuano 8 San Rosendo 6
Penco 8 Yumbel 10
Alto del Bío-Bío 5 Hualpén 5
Región IX de la Araucanía
Angol 5 Cunco 7
Renaico 6 Melipeuco 5
Collipulli 7 Curarrehue 6
Lonquimay 6 Pucón 8
Curacautín 8 Villarrica 8
Ercilla 6 Freire 8
Victoria 7 Pitrufquén 7
Traiguén 6 Gorbea 7
Lumaco 7 Loncoche 7
Purén 7 Toltén 7
Los Sauces 6 Teodoro
Schmidt 7
Temuco 8 Saavedra 7
Padre Las Casas 8 Carahue 8
Lautaro 7 Nueva
Imperial 8
Perquenco 5 Galvarino 7
Vilcún 7 Chol-Chol 5
Región X de Los Lagos
Valdivia 9 Cochamó 5
San José. Mariquina 7 Calbuco 8
Lanco 7 Maullín 7
Los Lagos 7 Los Muermos 6
Futrono 7 Fresia 6
Corral 7 Llanquihue 7
Máfil 6 Frutillar 7
Panguipulli 8 Castro 9
La Unión 7 Ancud 8
Paillaco 7 Quemchi 7
Río Bueno 7 Dalcahue 8
Lago Ranco 7 Curaco de
Vélez 6
Osorno 8 Quinchao 9
San Pablo 6 Puqueldón 6
Puyehue 7 Chonchi 8
Puerto Octay 7 Queilén 7
Purranque 7 Quellón 7
Río Negro 7 Chaitén 7
San Juan de la Costa 7 Hualaihue 7
Puerto Montt 8 Futaleufú 5
Puerto Varas 9 Palena 5
Región XI de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo
Coihaique 9 Chile Chico 6
Lago Verde 5 Río Ibáñez 5
Aysén 8 Cochrane 5
Cisnes 7 O'Higgins 5
Guaitecas 5 Tortel 9
Región XII de Magallanes y de la Antártica Chilena
Natales 9 Porvenir 6
Torres del Paine 5 Primavera 5
Punta Arenas 9 Timaukel 5
Río Verde 5 Navarino 5
Laguna Blanca 5 Antártica 5
San Gregorio 5
Región Metropolitana
Santiago 23 Quinta Normal 8
Independencia 9 Lo Prado 8
Conchalí 9 Pudahuel 8
Huechuraba 11 Cerro Navia 8
Recoleta 8 Renca 8
Providencia 25 Quilicura 16
Vitacura 21 Colina 8
Lo Barnechea 17 Lampa 9
Las Condes 18 Til - Til 8
Ñuñoa 11 Puente Alto 7
La Reina 9 San José de
Maipo 9
Macul 9 Pirque 16
Peñalolén 8 San Bernardo 8
La Florida 8 Buin 8
San Joaquín 9 Paine 8
La Granja 8 Calera de
Tango 10
La Pintana 8 Melipilla 8
San Ramón 8 María Pinto 8
San Miguel 10 Curacaví 8
La Cisterna 8 Alhué 5
El Bosque 8 San Pedro 6
Pedro Aguirre. Cerda 8 Talagante 8
Lo Espejo 8 Peñaflor 8
Estación Central 8 Padre Hurtado 8
Cerrillos 11 Isla de Maipo 7
Maipú 8 El Monte 7
C) Reemplázase el cuadro "Valores Límites de Pavimentación" inserto en el inciso primero de la letra i) del número 3º, por el siguiente cuadro:
Región Valores Límites de Pavimentación (en
$/m2)
Pasajes Calles
I 18.000 24.000
II 24.000 28.000
III 18.000 18.000
IV 17.000 21.500
V 24.000 29.000
VI 24.000 28.000
VII 14.000 17.000
VIII 20.000 24.000
IX 20.000 23.000
X 27.000 35.000
XI 45.000 45.000
XII 41.500 52.500
RM 27.000 29.500
D) Sustitúyese la letra c), del inciso segundo, de la letra i), del número 3º, por la siguiente:
"c) En el caso de las comunas de Ovalle, Canela e Illapel de la IV Región, de las comunas de Valparaíso y de Viña del Mar de la V Región y de las comunas de Penco, Tomé, Talcahuano, Lota, Coronel y Lebu de la VIII Región, en atención a sus características morfológicas, que demandan la ejecución de obras especiales de estabilización de suelos y de canalización de aguas lluvias en el espacio público, el valor límite de pavimentación podrá ser incrementado, sólo por concepto de obras anexas imprescindibles, hasta en $20.000 por metro cuadrado.".
E) Reemplázase el inciso segundo, del número 6º, por el siguiente:
"Será requisito para la participación en el proceso de selección de los proyectos correspondientes de una comuna, el haber entregado previamente en la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, el documento en que conste el compromiso del Alcalde, con aprobación del Concejo Municipal, de suscribir el Convenio señalado en el número 10 de la presente resolución e ingresar oportunamente al Serviu los aportes correspondientes al Comité y al Municipio.".
F) Agrégase al número 9º el siguiente inciso:
"Una vez realizada la publicación en la prensa de la lista definitiva de proyectos seleccionados, la respectiva Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo entregará a los Comités de Pavimentación seleccionados un Certificado de Pavimentación, que acredite que su proyecto fue seleccionado por el Programa y que será construido de acuerdo a las disposiciones reglamentarias vigentes.".
G) Agréganse al número 10º los siguientes incisos:
"Para coordinar el desarrollo de las actividades descritas en los tres incisos anteriores, el Serviu realizará dos reuniones de trabajo, una al inicio del contrato de construcción de las obras de pavimentación y otra al finalizar los trabajos de pavimentación, las que deberán quedar registradas en el respectivo Libro de Obras. A estas reuniones se convocará a los representantes del Comité de Pavimentación, a la Empresa Constructora y al representante Municipal. Estas actividades deberán quedar consignadas en las respectivas Bases de Licitación de las obras.
En la primera reunión se deberá entregar la información de los trabajos de pavimentación que serán ejecutados y se establecerán canales de participación a los Comités de Pavimentación, que les permitan formular oportunamente sus observaciones al avance y calidad de los trabajos de pavimentación.
En la segunda reunión, el Comité de Pavimentación entregará un Acta de Conformidad de la correspondiente obra de pavimentación y una evaluación de su participación en todo el proceso de aplicación del Programa, considerando el cumplimiento del objetivo del Programa y de sus expectativas, en relación al producto que se le entrega y a su participación. El Serviu deberá proporcionar a los Comités de Pavimentación información escrita sobre uso y cuidado de las obras de pavimentación que en esa oportunidad se entregan al uso público.".
H) Agrégase al número 13º, el siguiente inciso:
"Los responsables del Programa de Pavimentación Participativa en la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, previa autorización de sus respectivas Jefaturas y existiendo disponibilidades presupuestarias para financiar los gastos que ello irrogue, podrán efectuar visita a terreno de obras de pavimentación a construir o en construcción, con el objetivo de monitorear su ejecución.".
I) Agrégase el siguiente artículo 3° transitorio:
"Artículo 3° Transitorio: Durante el año 2005 el proceso de selección de proyectos efectuado por las Secretarías Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo, tendrá como fecha de cierre el día 30 de Septiembre del 2005.".
Anótese, publíquese en el Diario Oficial y archívese.- Sonia Tschorne Berestesky, Ministra de Vivienda y Urbanismo.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Teresa Rey Carrasco, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.