Artículo único.- Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la cantidad de ciento ochenta i cinco mil seiscientos ochenta i cuatro pesos ($ 185,684) en cancelar las deudas pendientes por suministro de especies de vestuario i equipo para el Cuerpo de Carabineros en el año 1919.
La indicada suma se deducirá de la mayor entrada proveniente del recargo en el pago de los derechos de internacion.