ESTABLECE NOMINA DE TALLERES AUTORIZADOS PARA LA CERTIFICACION DE BOMBAS INYECTORAS
Núm. 3.893 exenta.- Santiago, 16 de septiembre de 2005.- Visto: El decreto supremo Nº 24, de 1989, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes; lo dispuesto en la resolución Nº 15, de 1992, modificada por la resolución Nº 61, de 2003, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes; la resolución exenta Nº 1.610, de 24 de diciembre de 2004, de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana, y las resoluciones exentas Nºs. 3.878, 3.879, 3.880, 3.881, 3.882, 3.883, 3.884, 3.885, 3.886, 3.887, 3.888, 3.889, 3.890, 3.891 y 3.892, todas de 16 de septiembre de 2005 y del mismo origen, que autorizan talleres de certificación de bombas inyectoras y disponen su incorporación a la nomina respectiva; y la demás normativa que resulte aplicable.
Considerando:
1.- Que, mediante resolución exenta Nº 1.610/2004, citada en el Visto, se estableció un período de recepción de solicitudes de autorización de talleres de certificación de bombas inyectoras, dentro del cual se presentaron un total de 20 talleres.
2.- Que, verificados los requisitos establecidos en la resolución Nº 15 de 1992, ya citada, han resultado autorizados un total de 15 talleres, los que se detallan en lo resolutivo del presente acto administrativo.
3.- Que, debe establecerse la nómina de aquellos talleres que han resultado aprobados en el marco de la convocatoria antes señalada,
Resuelvo:
1.- Establécese una nómina de talleres o entidades autorizadas por esta Secretaría Regional Ministerial para certificar bombas inyectoras de buses con motor diesel, la cual se detalla en el siguiente cuadro, con la individualización de los mismos, su ubicación y los datos de la resolución aprobatoria respectiva:
Nº Taller o Ubicación Nº de Fecha de
Entidad resolución resolución
1 Kutz & Rodríguez Av. Carrascal 3878 16 de
Diesel Nº 6450, septiembre
Limitada Cerro Navia de 2005
2 Jorge Antonio José Joaquín 3879 16 de
Flores Prieto Nº 8590, septiembre
La Cisterna de 2005
3 Dynamic Diesel Av. Gabriela 3880 16 de
Limitada Poniente Nº septiembre
02627, La de 2005
Pintana
4 Angel Orellana Nueva de 3881 16 de
Martínez Matte septiembre
Nº 2399, de 2005
Independencia
5 Ricardo Eyzaguirre Nº 3882 16 de
Escalona 1971, septiembre
Morán Puente Alto de 2005
6 Julio Inostroza Av. Huelén 3883 16 de
Burgoa Nº 1575, septiembre
Cerro Navia de 2005
7 Mario Basulto 5 de Abril 3884 16 de
Basulto Nº 3539, septiembre
Estación Central de 2005
8 Fábrica Gaspar de 3885 16 de
Metropolitana Orense septiembre
de Carrocerías Nº 648, Quinta de 2005
Limitada Normal
9 Leonel Soriano Av. Diego 3886 16 de
Torres Portales septiembre
Nº 795, de 2005
La Florida
10 María Marinakis Av. 3887 16 de
Alcalde Independencia septiembre
Nº 4051, de 2005
Conchalí
11 Parada y Toesca Nº 3888 16 de
Parada Limitada 2506, septiembre
Santiago de 2005
12 Alejandro Germán
Santander Ebbinghauss 3889 16 de
Acevedo Nº 0186, septiembre
Puente Alto de 2005
13 Roque Castillo Benedicto XV 3890 16 de
Noriega Nº 440, septiembre
Estación de 2005
Central
14 Oscar Chaparro Av. Recoleta 3891 16 de
Salinas Nº 1884, septiembre
Recoleta de 2005
15 Emasa S.A. San Eugenio 3892 16 de
Nº 22, Ñuñoa Septiembre
de 2005
2.- Derógase, a contar de los 30 días siguientes a la publicación de la presente resolución, la anterior nómina de los talleres autorizados, y en consecuencia, déjanse sin efecto, al cumplirse dicho plazo, todas las resoluciones que autorizaron a aquellos a efectuar la revisión y calibración de bomba inyectora de buses urbanos, de conformidad con la resolución Nº 15/92, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
3.- La presente resolución producirá todos sus efectos a contar de la fecha señalada en el Artículo 1º Transitorio de la resolución Nº 61/2003, ya citada en el Visto.
Anótese y publíquese.- Silvio Albarrán Albán, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana.