CUADRAGÉSIMA. La Ley 21253
Art. ÚNICO N° 2
D.O. 20.08.2020
reforma constitucional al artículo 109 empezará a regir una vez que entre en vigencia la ley que introduce modificaciones a la ley N° 18.840, Orgánica Constitucional del Banco Central de Chile, que regulará el ejercicio de la nueva facultad que se le otorga al Banco Central.


NOTA
      La ley 21265, publicada el 08.09.2020, modifica el artículo 27 de la ley 18840 que regula el ejercicio de la nueva facultad que se le otorga al Banco Central, en virtud de la ley 21253 publicada el 20.08.2020.