MODIFICA DECRETO EXENTO Nº 14, DE 1983, QUE AUTORIZA FUNCIONAMIENTO DE CENTRO DE FORMACION TECNICA "CENTRO EDUCACIONAL DE COMPUTACION SOCIEDAD CIVIL LIMITADA"
Núm. 40 exento.- Santiago, 7 de Marzo de 1984.
Considerando:
Que, por decreto exento de Educación Nº 14, de fecha 14 de Enero de 1983, se autorizó el funcionamiento del Centro de Formación Técnica Centro Educacional de Computación Sociedad Civil Limitada, "CEDUCOM Ltda.".
Que, por solicitud de fecha 20 de Enero de 1984, el representante legal de la institución solicitó el cambio de nombre para este Centro de Formación Técnica.
Visto: Lo dispuesto en el D.L. Nº 3.541, de 1980, D.F.L. Nº 24, de 1981, el artículo 32, Nº 8 de la Constitución Política de la República de Chile, decreto supremo Nº 2.714, de 1982 del Ministerio de Educación Pública y la resolución Nº 1.050, de 1980 de la Contraloría General de la República dicto el siguiente:
Decreto:
Artículo único.- Modifícase el artículo único del decreto exento de Educación Nº 14, de 1983, que autoriza el funcionamiento al "Centro Educacional de Computación Sociedad Civil Limitada" "CEDUCOM Ltda.", en el sentido que a partir de 1984 se denominará Centro de Formación Técnica "Ort-Chile" de la sociedad "Centro de Formación Técnica Ort-Chile Limitada".
Téngase presente para todos los efectos legales y administrativos.
Anótese, publíquese en el Diario Oficial con cargo al interesado.- Horacio Aránguiz Donoso, Ministro de Educación Pública.
Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- René Salamé Martín, Subsecretario de Educación Pública.