Lei núm. 3,784, que concede fondos para combatir la viruela en Atacama i Coquimbo.
Lei núm. 3,784.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente proyecto de lei:
Artículo único.- Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la suma de cuarenta mil pesos ($ 40,000) en combatir la epidemia de viruelas en las provincias de Atacama i Coquimbo.
El gasto que importa esta lei se deducirá de la mayor entrada proveniente del premio del oro.
Esta lei empezará a rejir desde la fecha de publicacion en el Diario Oficial.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, a cinco de Setiembre de mil novecientos veintiuno.- ARTURO ALESSANDRI.- Héctor Arancibia Laso.