Artículo 34. Se entenderá por Programas, un conjunto de actividades susceptibles de ser agrupadas según criterios técnicos. Se clasificarán en:
a) Programa de Prevención: tendiente a prevenir situaciones de vulneración a los derechos del niño, niña o adolescente que afecten su integración familiar, escolar y comunitaria.
b) Programa de Promoción: destinado a promover los derechos del niño, niña o adolescente, en alguna de las formas señaladas por el artículo 16 de la ley Nº 20.032.
Se clasificará en:
b.1 Programa de capacitación.
b.2 Programa de difusión.
b.3 Programa de evaluación y estudios.
c) Programa de medidas de reinserción para adolescentes infractores a la ley penal: dirigido a ejecutar las acciones que la ley encomiende al SENAME respecto a la responsabilidad de un adolescente como consecuencia de la comisión de una infracción a la ley penal.
Para los efectos del pago de la subvención, se Decreto 370, JUSTICIA
N° 12 a)
D.O. 07.09.2019distinguirán tres programas:
N° 12 a)
D.O. 07.09.2019distinguirán tres programas:
c.1 Programa de medidas de reinserción para
adolescentes infractores a la ley penal en general.
c.2 Programa de libertad asistida.
d) Programa de Protección: destinado a ofrecer al niño, niña o adolescente la atención ambulatoria necesaria para la adecuada protección, reparación o restitución de sus derechos. En los casos en que la intervención técnica lo amerite, esta línea podrá desarrollarse conjuntamente con la línea residencial.
Para los efectos del pago de la subvención, se distinguirán tres programas:
d.1 Programa de protección en general: destinado a la protección, reparación o restitución de los derechos del niño, niña o adolescente frente a situaciones de vulneración de los mismos que por su entidad no requieran de una intervención especializada. Dentro del programa de protección en general se considerarán las siguientes modalidades de atención:
i) Adopción. Se considerarán en esta modalidad todos los subprogramas previstos en la ley N° 19.620. - Decreto 370, JUSTICIA
N° 12 b)
D.O. 07.09.2019Sub programa de Acompañamiento Adoptivo
N° 12 b)
D.O. 07.09.2019Sub programa de Acompañamiento Adoptivo
- Subprograma de apoyo y orientación a la familia de origen.
- Subprograma recepción y cuidado del niño. - Subprograma evaluación técnica de los solicitantes y preparación para la adopción.
ii) Programa de representación jurídica para niños, niñas y adolescentes víctimas de delitos.
iii) Programa de defensa jurídica para adolescentes infractores a la ley penal.
iv) Programa de protección ambulatoria para niños, niñas y adolescentes con discapacidad grave o profunda.
v) Programa de intervención breve.
d.2 Programa de protección especializado: destinado a otorgar intervención reparatoria especializada frente a situaciones de graves vulneraciones de derechos, tales como: situación de calle, consumo abusivo de drogas, maltrato infantil grave, explotación sexual comercial infantil u otras problemáticas que atenten gravemente contra el normal desarrollo del niño, niña o adolescente.
d.3 Programa de fortalecimiento familiar: destinado a afianzar la capacidad de los padres, o de quienes puedan asumir responsablemente el cuidado personal del niño, niña o adolescente que se encuentre en un centro residencial, para ejercer directamente dicho cuidado, propiciando su pronto egreso y su reinserción familiar.
e) Programa de Familias de Acogida: dirigido a proporcionar al niño, niña o adolescente vulnerado en sus derechos, un medio familiar donde residir, mediante familias de acogida.
Para los efectos del pago de la subvención, se distinguirán tres programas:
e.1 Programa de familias de acogida simple. Destinados a proporcionar al niño, niña o adolescente vulnerado en sus derechos, un grupo familiar alternativo donde residir.
e.2 Programa de familias de acogida especializada.
Destinado a proporcionar un grupo familiar alternativo donde residir, que entregue cuidado y contención especializados, a niños, niñas y adolescentes víctimas de graves vulneraciones a sus derechos, las que han tenido consecuencias en su desarrollo social, físico, afectivo, sexual, cognitivo y conductual, y que deben ser separados de sus familias. Atenderán particularmente a niños, niñas y adolescentes víctimas de explotación sexual comercial, situación de calle, con consumo abusivo de drogas e infractores a la ley penal inimputables.
e.3. Programa familias de acogida para niños, niñas y adolescentes con Discapacidad. Destinado a otorgar atención y cuidado especializado a niños con algún tipo y grado de discapacidad.
El respectivo convenio deberá especificar la categoría precisa de discapacidad, que se atenderá en el proyecto, conforme al artículo 42 del presente reglamento. En caso que un mismo proyecto ofrezca atención a niños, niñas y adolescentes con diferentes categorías de discapacidad, deberá señalarse el número de plazas que corresponden a cada una de ellas.
Podrán ser incorporadas al programa la familia extensa del niño, niña y adolescente sujeto de atención, entendiéndose por tal aquella señalada en las respectivas orientaciones técnicas.
Los colaboradores acreditados que desarrollen este programa deberán mantener sistemas de acreditación de idoneidad de las familias de acogida.
f) Programa de Emergencia: tendiente a apoyar a los colaboradores acreditados frente a situaciones de emergencia o catástrofe que pudieran afectar la normal atención de los niños, niñas y adolescentes.