Artículo 38. Los programas de promoción y de emergencia se pagarán por proyecto, correspondiendo al SENAME subvencionar la suma alzada fijada en el respectivo convenio, dentro de los rangos señalados en el artículo 30 de la ley Nº 20.032, como contraprestación al cumplimiento de los objetivos técnicos previstos en el proyecto, tal comDecreto 370, JUSTICIA
N° 13
D.O. 07.09.2019
o se estipulen en el respectivo convenio.