Art. 6. El Director General de Aeronáutica Civil, en adelante Director General, tiene como función básica ejercer la dirección, organización y control superior de los recursos humanos, materiales, financieros y de información para que las actividades aeronáuticas que se desarrollan dentro del espacio aéreo controlado por Chile y aquellas que ejecutan en el extranjero empresas aéreas nacionales se realicen en forma segura y eficiente.