Art. 22. Funciones específicas:

a.-  Otorgar asesoría legal que el Director General u otro Director del Servicio solicite, mediante informes en derecho en relación con materias legales, reglamentarias y demás asuntos jurídicos sometidos a su consideración o bajo su responsabilidad.
b.-  Gestionar en materias de su competencia, y en concordancia con los objetivos y políticas institucionales, con los organismos gubernamentales y con los usuarios del sistema aeronáutico.
c.-  Informar las investigaciones administrativas y sumarios administrativos que se instruyan en la Dirección General de Aeronáutica Civil.
d.-  Revisar, según corresponda, las basesDTO 107, DEFENSA
Art. único Nº 2
D.O. 22.07.2008
administrativas para las distintas propuestas públicas o privadas y revisar todo tipo de contratos que celebre la Dirección General de Aeronáutica Civil.
e.-  Revisar los proyectos de reglamentos aeronáuticos y elaborar los respectivos proyectos de decretos supremos.
f.-  Coordinar con los diferentes órganos pertinentes del Estado, la cobranza judicial de multas, tasas y derechos aeronáuticos, como asimismo, la defensa del Fisco en todos los juicios y actos no contenciosos de cualquier naturaleza en que tenga interés la Dirección General de Aeronáutica Civil.
g.-  Llevar el Registro Nacional de Aeronaves, practicar las inscripciones, subinscripciones, anotaciones y cancelaciones que procedan, y otorgar las copias y certificados que se le soliciten.
h.-  Informar las solicitudes de concesión de personalidad jurídica a los clubes aéreos en el país.
i.-  Ejercer las atribuciones legales delegadas por el Director General de Aeronáutica Civil.
j.-  Administrar los recursos humanos, materiales, financieros e informáticos bajo su responsabilidad, velando por su empleo eficiente y oportuno.
k.-  Determinar los requerimientos de capacitación de su personal, considerando las necesidades del servicio y de desarrollo profesional.
l.-  Tramitar los procedimientos administrativos por infracciones al Código Aeronáutico, a Decreto 360, DEFENSA
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D.O. 22.02.2018
leyes y reglamentos sobre aeronáutica y a las instrucciones que la Dirección General de Aeronáutica Civil dicte en el ejercicio de sus atribuciones; elaborar los cargos y proponer las sanciones correspondientes para resolución del Director General.