Art. 26. Funciones específicas:

a.-  Asesorar al Director General en todas aquellas materias que se relacionen con la prevención e investigación de accidentes y de la trasgresión a la legalidad aeronáutica vigente.
b.-  Gestionar en materias de su competencia, y en concordancia con los objetivos y políticas institucionales, con los organismos gubernamentales y con los usuarios del sistema aeronáutico.
c.-  Proponer políticas, definir objetivos funcionales y elaborar procedimientos e informes de su ámbito de acción, para contribuir a la planificación, toma de decisiones y control de las actividades institucionales.
d.-  Evaluar permanentemente el quehacer aeronáutico, determinando áreas, actividades, condiciones o acciones que representen riesgos a la seguridad, para poder contribuir con medidas eficaces destinadas a evitar la ocurrencia de accidentes e incidentes.
e.-  Elaborar planes y programas de prevención de accidentes del ámbito aeronáutico a ser aplicados por los usuarios externos e internos.
f.-  Mantener un contacto estrecho con los usuarios para conocer las posibles acciones y condiciones riesgosas y poder contribuir en conjunto con los esfuerzos para evitar la ocurrencia de incidentes y accidentes.
g.-  Incorporar los resultados de las investigaciones de incidentes y accidentes en los planes y programas de prevención.
h.-  Investigar los accidentes e incidentes de aeronaves destinadas a los servicios de policía o aduana y civiles de cualquier nacionalidad que ocurran en territorio chileno y los que sufran aeronaves chilenas en aguas o territorios no sujetos a otras soberanías, proponiendo las acciones destinadas a evitar su repetición.
i.-  Cooperar cuando así se solicite, en la investigación de accidentes de aeronaves civiles chilenas que realicen otros Estados por corresponderle.
k.-  Mantener un registro estadístico de accidentes, incidentes e infracciones a fin de contar con una base de datos que permita proporcionar información tanto para la prevención de accidentes como para evitar la trasgresión a la normativa aeronáutica.
l.-  Mantener un archivo de la documentación relacionada con las investigaciones de accidentes, incidentes e infracciones.
m.-  Ejercer las atribuciones legales delegadas por el Director General de Aeronáutica Civil.
n.-  Administrar los recursos humanos, materiales, financieros e informáticos bajo su responsabilidad, velando por su empleo eficiente y oportuno.
ñ.-  Determinar los requerimientos de capacitación de su personal, considerando las necesidades del servicio y de desarrollo profesional.