Art. 100 Funciones EspecíficasDTO 107, DEFENSA
Art. único Nº 15
D.O. 22.07.2008
Art. único Nº 15
D.O. 22.07.2008
a.- Asesorar al Director General en todas aquellas materias que se relacionen con la gestión financiera, contable y presupuestaria institucional.
b.- Consolidar y presentar el anteproyecto
presupuestario conforme a la planificación institucional y a la normativa gubernamental.
c.- Ejercer el control de los recursos económicos y financieros a nivel institucional.
d.- Generar y entregar información financiera para apoyar la toma de decisiones en los distintos niveles institucionales.
e.- Mantener actualizada y difundir la normativa y procedimientos bajo sus áreas de responsabilidad.
f.- Evaluar e implementar los proyectos y sistemas del Área Financiera Contable.
g.- Administrar los recursos bajo su responsabilidad velando por su empleo eficiente y oportuno.