Lei núm. 3,813, que concede derecho a jubilar a don Sebastian Acevedo
Lei núm. 3,813.-
Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
ARTICULO UNICO.- Concédese, por gracia, al Mayordomo del Congreso Nacional, don Sebastián Acevedo, el derecho a jubilar con una pension equivalente al sueldo íntegro asignado a su empleo.
I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, 29 de Noviembre de 1921.- ARTURO ALESSANDRI.- Ismael Tocornal.