Lei número 3,822.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    Artículo único.- Concédese un suplemento de tres millones setecientos treinta y cuatro mil quinientos veintiun pesos ($ 3.734,521) al ítem 84 de la partida 3.a del Presupuesto de Guerra vijente.
    El gasto que importe esta lei, se imputará a la mayor entrada que la calculada proveniente del premio del oro.

    Y por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, a veintisiete de diciembre de mil novecientos veintiuno.- Arturo Alessandri.- Samuel Claro Lastarria.