Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
PROYECTO DE LEI:
Artículo único.- Concédese un suplemento de un millon cuatrocientos diecisiete mil cuatrocientos cincuenta y seis pesos sesenta y siete centavos ($ 1.417,456.67), al ítem 85 de la partida 3.a del Presupuesto de Guerra vijente.
El gasto que importa esta lei imputará a la mayor entrada que la calculada, proveniente del premio del oro.
Y, por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como lei de la República.
Santiago, a veintisiete de diciembre de mil novecientos veintiuno.- Arturo Alessandri.- Samuel Claro Lastarria.