Artículo 11.o Autorízase a la Municipalidad de Machalí para transferir gratuitamente a la Caja de Retiro y Previsión de los Empleados Municipales de la República, el dominio de los inmuebles de su propiedad que, por acuerdo municipal, destine a la construcción de una población para sus empleados y obreros, y que deberá componerse de no menos de treinta y seis casas, las que la citada Caja de Previsión transferirá a su vez a dicho personal en cumplimiento a lo dispuesto en esta ley. Estas transferencias no estarán afectas a impuestos o contribuciones de ninguna naturaleza.