ACEPTA PROGRAMA DE ESTUDIOS PARA TECNICO DE NIVEL SUPERIOR EN ELECTRICIDAD PARA FINES QUE INDICA
Núm. 1.583 exenta.- Santiago, 26 de septiembre de 2005.- Vistos: Lo dispuesto en el DFL Nº 1, de 1982; en el DS Nº 327, de 1997, ambos del Ministerio de Minería; en el decreto supremo Nº 92, de 1983, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; en la ley Nº 18.410 y en la resolución exenta Nº 520, de la Contraloría General de la República, y
Considerando:
1º Que mediante Oficio Ord. Nº 4, de fecha 14.02.2001 la Rectora del Centro de Formación Técnica Iprosec, solicitó a esta Superintendencia la aprobación del Plan y Programa de Estudio de la Carrera Técnico de Nivel Superior en Electricidad de modo que sus alumnos titulados puedan acceder sin otro requisito a la Licencia de Instalador Eléctrico de acuerdo a lo indicado por la normativa vigente.
2º Que efectuado por esta Superintendencia, el análisis del Plan y Programa de Estudio de la Carrera Técnico de Nivel Superior en Electricidad se concluye que cumple con los requisitos de conocimientos exigidos para un instalador Clase C. Sin embargo, para concluir el trámite de aprobación, esta Superintendencia mediante Oficio Ord. Nº 7.375, de fecha 29.11.2001, solicitó a la Dirección Regional SEC X Región, efectuar una inspección técnica a dicho establecimiento con el objeto de verificar que dispone de la infraestructura necesaria para impartir la enseñanza de acuerdo a lo anterior e informar a esta unidad los resultados y conclusiones de dicha gestión.
3º Que mediante Oficio Ord. Nº 325 - DRX, de fecha 18.07.2005, la Dirección Regional SEC IX, X y XI Regiones, remitió el respectivo informe de inspección señalando que el Centro de Formación Técnica Iprosec, cuenta con la infraestructura suficiente para impartir y cumplir con el programa de estudios de la carrera de Técnico de Nivel Superior en Electricidad,
Resuelvo:
1º Acéptase el Programa de Estudios de la Carrera "Técnico de Nivel Superior en Electricidad", impartida por el Centro de Formación Técnica Iprosec, en ciudad de Osorno, para el efecto que sus titulados puedan obtener la licencia de instalador eléctrico clase C.
2º Esta Superintendencia efectuará visitas inspectivas periódicas al establecimiento educacional que imparte dicha carrera, para fiscalizar el cumplimiento del programa aprobado y la permanencia de la infraestructura requerida para impartir la enseñanza, registrando dichas inspecciones en un libro de visitas, foliado y con copia, el cual deberá estar a disposición de los funcionarios de SEC.
3º Para la obtención de licencia de instalador eléctrico en la clase señalada, por parte de los interesados, el Centro de Formación Técnica Iprosec, deberá dejar establecido en los certificados de título que emita, que éste se obtuvo en conformidad al plan y programa de estudios aprobado por decreto exento Nº 91, de fecha 12.03.2001, del Ministerio de Educación.
4º La presente resolución entrará en vigencia a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, por cuenta del interesado, y mantendrá su validez mientras el programa aprobado no sea modificado.
Anótese, notifíquese y publíquese.- Cristián Espinosa Abalos, Superintendente de Electricidad y Combustibles (S).
Lo que comunico a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Christian Miño Contreras, Jefe Depto. Administración y Finanzas.