Lei núm. 3,886, que autoriza al Presidente de la República para fijar la fecha de las elecciones de municipales en la comuna de Galvarino
    Lei núm. 3,886.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO UNICO._ Autorízase al Presidente de la República para fijar dia, dentro de los treinta siguientes a la fecha de la publicacion de la presente lei en el Diario Oficial, para que se verifiquen elecciones de municipales en la Comuna de Galvarino, departamento de Llaima.

    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, 6 de Setiembre de 1922.- ARTURO ALESSANDRI.- Antonio Huneeus.