Lei núm. 3,911, que autoriza a la Municipalidad de Chillan para que pague al arrendatario de las Termas, don Vital Sánchez, la cantidad de $ 150,000
    Lei núm. 3,911.-
    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobacion al siguiente
    PROYECTO DE LEI:

    ARTICULO UNICO.- Se autoriza a la Municipalidad de Chillan para que pague a don Vital Sánchez, arrendatario de las termas del mismo nombre, la cantidad de ciento cincuenta mil pesos por valor de la reconstruccion del establecimiento i de los perjuicios que sufrió con motivo del temporal de 1919.
    La cantidad apuntada se deducirá del arriendo de las termas, a razon de dieciocho mil setecientos cincuenta pesos anuales, durante los ocho años fijados a la duracion del arrendamiento.
    Esta lei rejirá desde su publicacion en el Diario Oficial.

    I por cuanto, oido el Consejo de Estado, he tenido a bien aprobarlo i sancionarlo; por tanto, promúlguese i llévese a efecto como lei de la República.
    Santiago, 18 de Enero de 1923.- ARTURO ALESSANDRI.- Francisco Garces Gana.