Artículo 15.- Dentro del inmueble de la propiedad municipal cuya transferencia se autoriza al Fisco en el artículo 12 de la presente ley, éste destinará a la Dirección General de Carabineros, para la construcción de un Retén, una faja de terrenos situados en la esquina Surponiente de dicho predio, de 25 metros de ancho por 80 metros de largo, que deslinda, al Norte, en 25 metros con terrenos del aeródromo; al Oriente, en 80 metros, con terrenos del aeródromo; al Sur, con camino vecinal, que comunica el camino público con las casas de los fundos "Alamo" y "Lamas", y al Poniente, en 80 metros, con propiedad de la Sucesión Quintana Yánez.