LEY NUM. 14.967

CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A DON VICTOR LUENGO GONZALEZ

    Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

    Proyecto de ley:

    Artículo único.- Concédese, por gracia, a don Víctor Luengo González, una pensión de cuarenta escudos (Eº 40) mensuales.
    El gasto que significa la aplicación de la presente ley se imputará al ítem respectivo de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, publíquese y llévese a efecto como ley de la República.
    Santiago, a veintitrés de Octubre de mil novecientos sesenta y dos.- JORGE ALESSANDRI RODRIGUEZ.- Luis Mackenna S.